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COMENTARIOS A LA CONVOCATORIA DEL CUERPO ADMINISTRATIVO C1 (VI): ¿QUÉ TENDRÁN QUE HACER LOS QUE APRUEBEN LA OPOSICIÓN?.

Enviado por admin el 1. Agosto 2008 @ 21:58 En XUNTA GRUPO C1 (antiguo C) | comentarios desactivados

Una vez realizada la oposición de este Grupo C1:

1 – El Tribunal número 1 publicará en el Diario Oficial de Galicia la relación de aspirantes que superaron el proceso selectivo, por orden de puntuaciones obtenidas.

2- Se eleva dicha lista al titular de la Dirección Xeral da Función Pública (al día de hoy, Mar Rodríguez) para que elabore la propuesta de nombramiento.

3 – A partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la lista de aprobados, éstos tendrán 20 días naturales para presentar los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 1.2 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título o, en su caso, documento que acredite fidedignamente la posesión del correspondiente título académico.

b) Declaración bajo su responsabilidad de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

c) Certificado médico oficial en que se acrediten que no se padece enfermedad ni está afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones (el modelo de certificado lo tienes que comprar –vale unos 3 €- y lo puedes encontrar en el colegio de médicos o en un estanco, y a veces también en una farmacia; pides vez con tu médico de cabecera y, mientras te da las felicidades por haber aprobado, te lo extiende –gratuitamente, claro- indicando que no tienes problemas médicos impeditivos).

d) Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que superen la oposición deberán, además, acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes de la Vicepresidencia da Igualdade e do Benestar y, en su caso, de la Administración correspondiente. La Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza requerirá documento acreditativo del órgano competente sobre la compatibilidad con el desempeño de las correspondientes funciones.

4 - Los que no cumplan estos requisitos no podrán ser nombrados funcionarios y se anularán sus actuaciones. Los que cumplan serán nombrados funcionarios de carrera mediante orden del Conselleiro de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza.

5 – La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de su nombramiento en el Diario Oficial de Galicia


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