Archivo para Septiembre 2008

¿CUÁNTA LEGISLACIÓN MÁS TENDRÁN QUE ESTUDIAR LOS ASPIRANTES A ADMINISTRATIVOS (C1) PARA PRESENTARSE AL CUERPO DE GESTIÓN (A2)?

Vamos a comparar el temario de Administrativos (C1) con el del Cuerpo de Gestión (A2). Los Administrativos tendrían que estudiar, complementariamente a lo que ya tienen que estudiar por su oposición, lo siguiente:

- Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional: Títulos I al VII (95 artículos más): La temática de la Ley es muy interesante, pero los 95 artículos se hacen interminables. La convocatoria debería haber sido más selectiva.

- Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado: Título II (33 artículos más): Artículos asequibles y muy interesantes. En mi humilde opinión, estos artículos deberían estudiarlos también, por cultura general, los grupos C1, C2 y Subalternos, y no sólo A1 y A2…

- Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo. Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial: Capítulos I al V (21 artículos más): Asequibles por número de artículos y contenido. Es necesario estudiar primero el Título X de la Ley 30/1992. Especial atención a los plazos.

- Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto. Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora: Capítulos I al V (24 artículos más): Asequibles por número de artículos y contenido. Es necesario estudiar primero el Título IX de la Ley 30/1992. Igualmente, especial atención a los plazos.

- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Títulos I al VI (139 artículos más): Indispensable saberse bien la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, tener un buen profesor al lado y hacer muchos test para poder afrontar esta Ley con garantías. Junto a Unión Europea y Contratos, será lo más duro del intento de pasar del C1 al A2. Ojo con el Capítulo III del Título IV: Lleva tiempo entenderlo y memorizarlo, pero siempre cae una pregunta de esa parte de recursos.

- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local: Títulos VI al VIII (38 artículos más): Esta Ley es bastante interesante y la puede estudiar uno solo sin ayuda, pero estos 38 artículos complementarios son los más aburridos de la Ley.

- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público: Título II del Libro IV y Título I del Libro V (89 artículos más): Esta Ley es una bestialidad en sí misma. Dominar los 197 artículos que les entra a los Administrativos ya supone una vida entera dedicada a esta Ley, y con un buen profesor siempre al lado que la explique. Si le sumamos 89 artículos, entonces se convierte en una odisea peor que la de Ulises volviendo a su tierra, Ítaca. Te salen cíclopes a cada instante lanzándote artículos a la cabeza. Un dolor. Inestimable la ayuda de una buen profesor, salvo que ya se dominen muy bien los 197 artículos que entran a los Administrativos.

- IV Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Xunta de Galicia: Capítulos IX al XIII (17 artículos más): El interés de la materia es proporcional a lo que su contenido le pueda afectar a uno una vez que se es funcionario. Lo puede estudiar uno mismo, pero si se tiene un profesor, como en todo lo que afecta a función pública, mejor..

- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas: Títulos I al V (140 artículos más): Aunque la Ley es casi amena en los Títulos I y II, se va volviendo un plomazo poco a poco por la gran cantidad de artículos que ves que no terminas de memorizar. Acabarás hundido como el Titanic bajo un océano de artículos. Era una materia en la que claramente era necesario que la convocatoria hiciera una selección de artículos, y no meter los 154 primeros artículos de la Ley sin más. Ya que la oposición es para la Xunta, deberían incluir solamente los artículos básicos o de aplicación general, y dejar aparte los no básicos, que van dirigidos a la Administración General del Estado.

- Ley 3/1985, de 12 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma Gallega: Títulos II y III (35 artículos más): Asequibles para que los estudie uno mismo, sin profesor, aunque un auténtico tostón por la temática.

- Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: Títulos IV al VII (93 artículos más): Sin duda, yo no querría enfrentarme a esta Ley sin un buen profesor al lado. Los 93 artículos se hacen muy cuesta arriba.

- Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia: Títulos IV a VI (40 artículos más): Como toda esta Ley, yo la querría ver siempre con un profesor al lado, sin lanzarme a su estudio a pelo. En todo caso, si ya sabéis la parte de Administrativos (artículos 1 al 86), puede que podáis afrontar solos esta última parte.

- Ley 6/1984, de 5 de junio, del Valedor del Pueblo de Galicia: Títulos I al V (40 artículos más): Asequibles por su contenido y medianamente interesantes por la temática. Lo bueno de este organismo es que funciona bastante bien y puede que os lo encontréis haciéndoos requerimientos en vuestra tarea diaria en la Xunta, por lo que conviene saber cómo funciona y cuáles son sus cometidos.

- Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de Fundaciones de Interés Gallego: Capítulos I al X (63 artículos más): Infumables por la temática, asequibles por su contenido, siempre que se puedan preguntar algunas dudillas al profesor.

- Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: Títulos I, II, III, IV y VIII de la Tercera Parte, Capítulos III y IV del Título I y Títulos II y III de la Sexta Parte (102 artículos más): Interesantes por lo actual del tema y porque cada vez nos vamos a ver más involucrados en la Unión Europea, pero un auténtico reto para la memoria. Decenas de horas y muchos test para aprendérselo todo. Lo podéis estudiar vosotros mismos sin problema.

- Curiosamente, y como ya comentamos en el artículo del día 22 de agosto de 2008, de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia, los del Grupo A2 tienen que estudiar menos que los del Grupo C1: Hay que restar el Título Preliminar y del IV al VIII. Una auténtica locura. En total, 172 artículos menos.

La suma de todo lo que se añade para el Grupo A2 da 969 artículos más de los que hay que estudiar para el Grupo C1, pero restándoles los 172 de la Ley 5/1997, resultan 797 artículos.

Si recordáis el artículo de 7 de agosto de 2008, allí veíamos que el paso de Auxiliares (C2) a Administrativos (C1) suponía 1.049 artículos más, que quedaban en 716 si seguíais mi consejo de pasar de la Ley 5/1997 (o al menos, de gran parte de ella). Así que el cambio del Grupo C1 al A2 viene a ser similar que el paso del C2 al C1. Lo malo es que en este caso, no habrá 4 ó 5 meses de diferencia entre el C1 y el A2 para preparar los artículos complementarios, cosa que sí podrán hacer los que se presenten al C2 y luego, 4 ó 5 meses más tarde, al C1…

VISITAS DESDE EL 16 DE JUNIO DE 2008:




MEDICINA CONTRA EL ESTRÉS.

Si el estudio está pudiendo con vosotros y necesitáis un descanso, podéis ir a la página JUEGOS, que veréis arriba, al lado de “Home”. Encontraréis juegos online para opositores estresados y para cualquiera que quiera hacer un alto en el trabajo y evadirse un poco.

Disfrutadlos.

CONVOCATORIAS DEL SERGAS PARA FINALES DE AÑO.

En los próximos meses nos vamos a ocupar también de las oposiciones del Sergas, sobre todo de Auxiliares administrativos y PSX, así que en cuanto nos vaya llegando información fiable, os la iremos pasando.

El primer rumor apunta a que a finales de año tendremos convocatorias. Así que ánimo para los que estáis preparando Xunta: si las cosas salen mal, podréis reconvertiros, con un poco de esfuerzo, en brillantes candidatos para los plazas del Sergas… Desde aquí trataremos de ayudaros.

AUXILIARES Y SUBALTERNOS: PRIMER RUMOR SOBRE LA FECHA DE EXAMEN.

Los rumores que empiezan a levantarse por las altas instancias apuntan a que habrá un retraso en los exámenes de estas oposiciones. Esto significa que podemos empezar a descartar noviembre como mes en que se realicen los exámenes y dar más posibilidades a los meses de diciembre, o incluso enero.

El mes de noviembre, que de acuerdo con las convocatorias es el primero en el que podrían caer los exámenes, fue también el primero en sonar como candidato, ya hace meses, por la proximidad de las elecciones autonómicas en Galicia. Parece ser que a los políticos le gusta hacer los exámenes antes de los correspondientes plebiscitos para dar una imagen de eficacia y recalcar su papel como empleador (un tercio de las contrataciones en Galicia las hace la Xunta). El caso es que la posposición de las elecciones a marzo de 2009 arrastrará a las oposiciones, como mínimo, a diciembre de 2008, coincidiendo con las del año pasado, o pudiendo llegar, incluso, a 2009.

En todo caso, como es el primer rumor, habrá que seguir atentos a cualquier novedad.

EJERCICIOS PARA APRENDER LA CONSTITUCIÓN Y EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO, ARTÍCULO POR ARTÍCULO.

Como dicen en su página, primero fueron los exámenes de otros años, luego las convocatorias, después la legislación, y ahora viene una ayuda para estudiar parte de esa normativa. Los de www.testandtest.es ponen a vuestra disposición ejercicios para aprender los primeros artículos, por ahora, de la Constitución y la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público, con la promesa de que irán completando el articulado de estas normas, el número de normas, y que también los acompañarán con otros ejercicios educativos gratuitos.

Podéis echarles un vistazo en www.testandtest.es, en su sección “LEGISLACIÓN OPOSICIONES”.

¿CUÁNTO COBRAN LOS FUNCIONARIOS DE LOS GRUPOS A1, A2, C1, C2 Y SUBALTERNOS DE LA XUNTA DE GALICIA?

Nada más aprobar la oposición y empezar a trabajar, los funcionarios de estos grupos tienen el siguiente salario:

1- GRUPO A1, nivel 20:

- SUELDO 1135.11
- DESTINO NO DOCENTE 452.40
- ESPECIFICO NO DOCENTES 471.61
- TOTAL = 2.059,12 € brutos al mes (hay que descontarle IRPF y Seguridad Social). Queda en unos 1.600 €

2 – GRUPO A2, nivel 16:

- SUELDO 963.37
- DESTINO NO DOCENTE 360.02
- ESPECIFICO NO DOCENTES 410.43
- TOTAL = 1.733,82 € brutos al mes (hay que descontarle IRPF y Seguridad Social). Queda en unos 1.400 €

3 – GRUPO C1, nivel 14:

- SUELDO 718.14
- DESTINO NO DOCENTE 313.81
- ESPECIFICO NO DOCENTES 390.01:
- TOTAL = 1.421,96 € brutos al mes (hay que descontarle IRPF y Seguridad Social). Queda en unos 1.150 €

4 – GRUPO C2, nivel 12:

- SUELDO 587.20
- DESTINO NO DOCENTE 267.57
- ESPECIFICO NO DOCENTES 369.63
- TOTAL = 1.224,40 € brutos al mes (hay que descontarle IRPF y Seguridad Social). Queda en unos 1.000 €.

5 – SUBALTERNOS, nivel 10:

- SUELDO 536.09
- DESTINO NO DOCENTE 221.40
- ESPECIFICO NO DOCENTES 349.23
- TOTAL = 1.106,72 € brutos al mes (hay que descontarle IRPF y Seguridad Social). Queda en unos 850 €.

Esta información sobre retribuciones la podéis obtener en la siguiente página del Cixtec (Centro Informático para a Xestión Tributaria, Económico-Financieira e Contable):

https://host.cixtec.es/EntradaOficinaVirtual/OV/ga/OV_Empregado.htm

Pinchad en “Servizos de Acceso Libre”

Seguidamente, pinchad en “Simulación Cálculo de Retribucións”

El Grupo A es el actual A1, el B es el actual A2, el C es el actual C1, el D es el actual C2, y el E es la actual agrupación profesional de Subalternos. El nivel con el que entras es el mínimo dentro del intervalo asignado a cada grupo. En la página, al asignar el grupo, ya te condiciona el rango de niveles correspondiente. El sueldo que te da es el bruto, por lo que tienes que restar las retenciones (Seguridad Social e IRPF), que pueden variar según tus circunstancias personales (minusvalías, hijos…). De ahí que el cálculo final que os ofrezco sea aproximado.

Una vez que seáis funcionarios, cobraréis según el puesto de trabajo que ocupéis. Siempre os van a ofrecer de entrada los puestos de nivel más bajo dentro del grupo y con los complementos mínimos, porque antes hacen los concursos de traslados, y los funcionarios ya veteranos se quedan con los mejores: los puestos que ofrecen a los nuevos son los menos deseados, ya sea porque ganan menos (niveles más bajos, etc.) ya sea porque la oficina es un polvorín y hay mucho trabajo o muchos conflictos personales/profesionales en la oficina.

Después, podéis “promocionar” por concurso o libre designación y ganar más a medidas que subís de nivel, o bien os quedáis en puestos con un complemento específico más alto. Evidentemente cada tres años tenéis vuestro trienio, que también cuenta.

Los sueldos son buenos, dentro de lo que cabe, pero lo mejor, pensad, es la seguridad, el horario, el respeto de todos vuestros derechos estatutarios, e incluso la posibilidad de cambiar de puesto si el ambiente no os gusta (es fácil irse a otra oficina aunque no ganéis más dinero).

En todo caso, tened en cuenta que en la práctica vuestra situación puede variar mucho. Depende de dónde caigáis al entrar. Hay gente que entra y en unos meses la promocionan (y no necesariamente por ser buen trabajador, sino por amistad, afinidad política, etc.) y hay otra que le sale mal la cosa y no consigue promocionar, le tocan trabajos desagradables, etc. Incluso hay gente que sube y después baja (este verano me encontré en el curso de alpinismo con un funcionario ya veterano que ocupó un puesto de nivel 30 -cargo directivo- y ahora, aunque conserva el nivel, está archivando expedientes en una oficina de tercera, y no manda ni sobre las moscas que vuelan por ella…

En la Xunta si te quieren fastidiar…, lo pueden hacer bien; no os creáis que es siempre una vida de rosas. Está muy bien si no queréis hacer nada, o poco, ganar vuestro sueldo e iros tranquilos a casa, pero si queréis subir, ganar y ascender, es como la empresa privada…, o peor.

VISITAS DESDE EL 16 DE JUNIO DE 2008:




CEAC: TRABAJA EN LO QUE TE GUSTA

APRENDE INGLÉS CON CCC

EL PROBLEMA DE LA LEY 47/2003, DE 26 DE NOVIEMBRE, GENERAL PRESUPUESTARIA, EN LAS CONVOCATORIAS DE LOS GRUPOS A1 Y A2.

Si comparáis las convocatorias de los Grupos A1, A2 y C1, encontraréis que, de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, entra lo siguiente:

- Para el Grupo A1: Los Títulos I a III; artículos 1 al 89. En total 89 artículos.
- Para el Grupo A2: Los Títulos I a VII; artículos 1 al 182. En total 182 artículos.
- Para el Grupo C1: Los Títulos I a III; artículos 1 al 89. En total 89 artículos.

Aquí pudieron pasar dos cosas:

- Primera posibilidad: El que hizo la convocatoria, o el que la pasó a ordenador, puso una “V” en la convocatoria del grupo A2 donde tenía que poner una “I”. Según esto, en las tres convocatorias se pretendía pedir los mismos artículos de la Ley 47/2003, pero hubo un error en las convocatorias (oposición y consolidación) del Grupo A2. Esta es la interpretación favorable a los opositores de los Grupos A1 y A2.

- Segunda posibilidad: El que hizo la convocatoria, o el que la pasó a ordenador, puso una “I” en la convocatoria del grupo A1 donde tenía que poner una “V”. Según esta interpretación, en las convocatorias de los Grupos A1 y A2 se pretendía que cayese todo el articulado de la Ley 47/2003, pero hubo un error en las convocatorias (oposición y consolidación) del Grupo A1. Esta es la interpretación desfavorable para los opositores de los Grupos A1 y A2.

En todo caso, el asunto clama por una necesaria CORRECCIÓN DE ERRORES, pues lo que es seguro es que no tiene ningún sentido dejar las cosas como están, sin pies ni cabeza. Preguntaré a Función Pública por este asunto, y les recordaré el caso de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia, que ya tratamos en el artículo de 22 de agosto de 2008.

QUEDAN 13 DÍAS DE PLAZO PARA INSCRIBIRSE EN LAS OPOSICIONES DE GRUPO A1, A2 Y C1.

Que a nadie se le pase el plazo para presentar la instancia para estas seis oposiciones (tres grupos, en sus versiones de oposición y consolidación).

Tenéis que ir a www.xunta.es, pinchar en “empregarse procesos de ingreso” (un cuadrado de fondo blanco y letras verdes y negras, algunas casi ilegibles, que encontraréis en la parte derecha de la pantalla, dándole un poco para abajo a la imagen), y a partir de ahí ir siguiendo los pasos según las particularidades de cada cual.

El consejo sigue siendo que, si estáis preparando bien la oposición y vais en serio, no escatiméis en tasas y os presentéis tanto a la modalidad oposición como a la de consolidación, pues muy porbablemente, los interinos no sean capaces, ni mucho menos, de acaparar todas las plazas que las convocatorias de consolidación pretenden ofrecerles en bandeja.

No estoy recibiendo ninguna queja sobre el sistema informático, pero hace unos meses, en las oposiciones de los grupos C2 y Subalternos, varias personas no pudieron pagar las tasas por internet y tuvieron que imprimir el impreso para ir a pagar al banco o caja correspondiente. No dudéis en informarme si veis alguna anomalía. En todo caso, recordad que si tenéis problemas, la convocatoria os da el número de teléfono del Centro Informático Cixtec (981 54 13 00), disponible de las 8h30 a las 20h00 horas, de lunes a viernes, y los sábados de 10h00 a 14h00.

COMENTARIOS, EJEMPLO Y TEST ONLINE SOBRE EL SEGUNDO EJERCICIO DE SUBALTERNOS 2008.

Del segundo examen de Subalternos, por la convocatoria, sabemos que:

1.- Tendrá carácter eliminatorio.

2.- Está dirigido a apreciar las aptitudes de los aspirantes en relación con las plazas convocadas.

3.- Consistirá en constestar por escrito a un cuestionario de 20 preguntas prácticas tipo test, más tres de reserva, con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una será la correcta.

4.- Las preguntas versarán sobre los 4 temas recogidos en el Anexo I-B de esta convocatoria.

5.- El número de preguntas guardará la debida proporción con el número de temas relacionados en dicho Anexo.

6.- El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de 40 minutos.

7.- Cada 3 respuestas incorrectas, se descontará una correcta.

8.- El ejercicio se calificará de 0 a 10, siendo necesario sacar al menos un 5. Corresponde al Tribunal fijar el número de respuestas correctas exigido para alcanzar la puntuación mínima.

9.- Este ejercicio se realizará conjuntamente con el primer ejercicio, en una única prueba.

Teniendo en cuenta que en el primer examen entra muy poca legislación, y que muchos opositores podrán rozar la perfección en el primer ejercicio, es posible que la gran criba venga en este segundo.

La gran concreción del Anexo I-A, indicando pormenorizadamente lo que entra de cada Ley, se diluye por completo en el Anexo I-B, con unos epígrafes cuyo contenido se puede extender hasta el infinito.

La solución más recomendable para esta indeterminación, es la de coger los temarios de las academias más famosas, Cefiasa y Academia Postal, y rezar para que no pregunten fuera de lo que estas academias entienden como indispensable para preparar esos cuatro temas.

En todo caso, parece que no habrá que dejar por completo de lado lo que una estudiaba cuando el segundo examen era un psicotécnico. Habrá que seguir practicando problemas matemáticos, como los que se le puedan presentar a un subalterno a la hora de hacer fotocopias (tema 2), e incluso de lógica, aunque de los ejercicios de sinónimos y antónimos parece que nos podemos ir olvidando.

Como lo mejor es tener un ejemplo de lo que os podéis encontrar el día del examen, os indico que lo tenéis en www.testandtest.es, en su sección “EXÁMENES OPOSICIONES”. Se trata de parte de un examen de Ordenanzas del Sergas, en el que se exigía lo mismo que ahora para los Subalternos.

Digno de mención es el reducido tiempo que vais a tener para hacer este examen. Sólo 40 minutos para 20 preguntas tipo test. Son dos minutos por pregunta, y a poco que nos exijan hacer cálculos, podemos empezar a liarnos. El consejo es que primero respondáis las preguntas más teóricas, y que dejéis para el final las que exijan cálculos y operaciones matemáticas.

Como siempre que se quita una respuesta correcta por tres falladas, os recomendamos no dejar ninguna respuesta en blanco, de acuerdo con el razonamiento que ya os hice anteriormente en el artículo del día 9 de diciembre de 2007, al que me remito.

A quien haya leído este artículo le invitamos a hacer un test on-line sobre este segundo ejercicio del examen de Subalternos. Creemos que es el primer test de la historia que se hace sobre una convocatoria de una oposición y sobre las opiniones vertidas sobre ella. Espero, en todo caso, que os guste. Lo encontraréis pinchando aquí: Test online segundo ejercicio Subalternos 2008.

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