Archivo para 28. Febrero 2010
CHILE, HERMANO, ESTAMOS CONTIGO.
28. Febrero 2010 por admin.
XUNTA DE GALICIA: EXÁMENES DE OTROS AÑOS, LEGISLACIÓN Y CONVOCATORIAS
PREGUNTAS Y COMENTARIOS: oposicionesxuntadegalicia@hotmail.es (ojo, .es, no .com)
El PP de La Coruña explica los fallos de Losada en el Plan General de Ordenación Municipal (powerpoint). Las declaraciones del Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Galicia, definitivas.
MEJOR VIDEO DEL AÑO DE 2009: TRATADO PARA MEJORAR LAS RELACIONES ESPAÑA-RUSIA: ¿EN TU CASA O EN LA MÍA?: Pincha aquí.
MEJOR VIDEO DE 2008: TOURIÑÉS, SEGUNDA PARTE: Pincha aquí.
FOTO DEL AÑO DE 2009: ZAPATERO, PRESIDENTE DE TRANSILVANIA: Pincha aquí.
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LA CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN TAMBIÉN ELIMINA LA OBLIGACIÓN DE HACER EN GALLEGO LAS OPOSICIONES DE MAESTRO.
28. Febrero 2010 por admin.
Nuestro agradecimiento a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, de parte de un buen número de opositores. Podéis leer la noticia en La Voz de Galicia pinchando en este enlace.
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EJEMPLO DEL ARTÍCULO 161.2 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY DE CAJAS DE AHORROS DE GALICIA.
28. Febrero 2010 por admin.
El artículo 161.2 de la Constitución Española de 1978 tiene el siguiente contenido:
<<El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses>>.
Como ejemplo, aquí tenéis la referencia del BOE del sábado 27 de febrero de 2010 al Recurso de Inconstitucionalidad nº 1065-2010, en relación con diversos preceptos de la Ley 10/2009, de 30 de diciembre, de modificación del Decreto legislativo 1/2005, de 10 de marzo, por el que se aprueba el texto Refundido de las leyes 7/1985, de 17 de julio y 4/1996, de 31 de mayo, de cajas de ahorros de Galicia.
Su texto publicado en el BOE se limita a decir que “El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de febrero actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1065-2010, promovido por el Presidente del Gobierno, en relación con los artículos 2, apartados tres, cinco, siete, diez, once, trece y quince; 3, apartados cuatro y cinco y la disposición transitoria primera de la Ley 10/2009, de 30 de diciembre, de modificación del Decreto legislativo 1/2005, de 10 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de las leyes 7/1985, de 17 de julio, y 4/1996, de 31 de mayo, de cajas de ahorros de Galicia. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –9 de febrero de 2010–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros. Madrid, 18 de febrero de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra”.
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