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OPOSICIONES ESTADO: 42 PLAZAS DE PERSONAL LABORAL PARA LOS BUQUES “ESPERANZA DEL MAR” Y “JUAN DE LA COSA”.

Enviado por admin el 30. Junio 2010 @ 10:58 En OPOSICIONES ESTADO. | Ningún comentario

     Si sois de los que os apuntáis a un bombardeo, aquí tenéis 42 plazas de personal laboral para los buques “Esperanza del Mar” y “[1] Juan de la Cosa, del Instituto Social de la Marina:

          - [2] Orden TIN/1710/2010, de 21 de junio, por la que se convocan pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral de los buques “Esperanza del Mar” y “Juan de la Cosa”, del Instituto Social de la Marina.

     1. Los aspirantes a plazas de Capitán y de Oficial de Puente deberán estar, además, en posesión de los certificados SMSSM y ARPA y del Certificado Avanzado en la Lucha Contra Incendios, Certificado de Supervivencia en la Mar y Botes de Rescate (Rápidos y no rápidos) y Certificado de Formación Sanitaria Específica Avanzada.

     2. Los aspirantes a plazas de Jefe de Máquinas y Oficiales de Máquinas deberán estar en posesión del Certificado Avanzado en la Lucha Contra Incendios, Certificado de Supervivencia en la Mar y Botes de Rescate (Rápidos y no rápidos) y Certificado de Formación Sanitaria Específica Avanzada.

     3. Los aspirantes a plazas de Buzo de Primera y Marinero Buceador deberán estar en posesión del Certificado médico oficial que les acredite aptos para el buceo profesional, así como del Certificado de embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos) y Botes de Rescate Rápidos.

     4. Los aspirantes a puestos de personal de fonda (1.º y 2.º Cocinero, Camarero y Marmitón), deberán estar en posesión del certificado de «Manipulador de alimentos» y de los certificados de Formación Básica.

     5. Los aspirantes a puestos de Marinero Buceador deberán estar en posesión del Certificado de embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos y rápidos).

     6. Los aspirantes a puestos de Buzo de Primera deberán estar en posesión del Certificado de Botes de Rescate (no rápidos y rápidos).

     7. Con carácter general, estar en posesión de la Libreta Marítima y de los títulos y certificados fijados por la Autoridad Marítima para poder embarcar, de conformidad con el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio («BOE» de 2 de julio de 2009), y su corrección de errores («BOE» de 14 de octubre de 2009), la Orden FOM/296/2002, de 4 de septiembre y en el Real Decreto 258/19999, de 12 de febrero, desarrollado en la Orden PRE/646/2004, de 5 de marzo.


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[1] Juan de la Cosa: http://es.wikipedia.org/wiki/Juan_de_la_Cosa
[2] Orden TIN/1710/2010, de 21 de junio, por la que se convocan pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral de los buques “Esperanza del Mar” y “Juan de la Cosa”, del Instituto Social de la Marina: http://www.boe.es/boe/dias/2010/06/28/pdfs/BOE-A-2010-10246.pdf

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